Impuesto de sucesiones en Extremadura: cuánto se paga en 2026
Por Redacción de Guía de herencias. Actualizado el
En resumen
En Extremadura, hijos, nietos, padres y cónyuge (grupos I y II) tienen una bonificación del 99 % de la cuota, siempre que presenten la declaración dentro del plazo de 6 meses (o de su prórroga). Además, la comunidad extiende estas ventajas a algunas personas con especial vinculación con el fallecido. Hermanos y sobrinos no tienen ventajas autonómicas.
Contenido de esta guía
Extremadura bonifica el 99 % del impuesto a la familia directa, pero con una condición que conviene subrayar: hay que presentar la declaración a tiempo. Si se presenta tarde, la bonificación se pierde.
Se aplica la norma extremeña cuando la persona fallecida vivía en Extremadura (cuando fue la comunidad donde residió más días en los cinco años anteriores a su muerte).
Cuánto se paga según el parentesco
| Quién hereda | Grupo | Reducción por parentesco | Bonificación de la cuota |
|---|---|---|---|
| Hijos y nietos menores de 21 años | I | La estatal más una mejora de 18.000 € + 6.000 € por año por debajo de 21 (máx. 70.000 €) | 99 %, si se presenta en plazo |
| Hijos y nietos de 21 o más, cónyuge o pareja de hecho, padres | II | 15.956,87 € (estatal) | 99 %, si se presenta en plazo |
| Personas con especial vinculación (ver más abajo) | Equiparadas a I y II | Las de los grupos I y II | 99 % |
| Hermanos, sobrinos, tíos y familia política | III | 7.993,46 € (estatal) | No |
| Primos, más lejanos y sin parentesco | IV | 0 € | No |
Personas con especial vinculación
Según el Ministerio de Hacienda, Extremadura extiende las ventajas de los grupos I y II a:
- los hijos del cónyuge o de la pareja del fallecido,
- la pareja de un padre o una madre del fallecido,
- quienes convivieron con el fallecido durante sus tres últimos años de vida, salvo que esa convivencia se debiera a un trabajo de cuidados o de tareas domésticas.
Ejemplos
Cálculos orientativos con la tarifa y los coeficientes estatales:
Un hijo de 40 años hereda 300.000 € y presenta en plazo. La cuota rondaría los 51.400 €; con la bonificación del 99 %, paga unos 510 €.
El mismo hijo presenta tarde. Pierde la bonificación: pagaría unos 51.400 € más recargos.
Un hermano hereda 100.000 €. Sin ventajas autonómicas, paga unos 17.670 €.
Otras reducciones propias
- Discapacidad: 60.000 € (del 33 % al 49 %), 120.000 € (del 50 % al 64 %) o 180.000 € (65 % o más), además de la de parentesco.
- Trabajadores clave del negocio del fallecido, sin parentesco: reducción del 95 % con requisitos de antigüedad y responsabilidad.
Plazos
6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 si se piden dentro de los 5 primeros. En Extremadura es especialmente importante: sin presentar en plazo no hay bonificación. Mira cómo pedir la prórroga.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si presento tarde en Extremadura?
Pierdes la bonificación del 99 %, que exige presentar la declaración en el plazo reglamentario. Puede suponer pasar de pagar cientos de euros a decenas de miles. Si vas justo, pide la prórroga dentro de los 5 primeros meses.
¿Quiénes tienen "especial vinculación" con el fallecido?
Según el Ministerio de Hacienda, Extremadura equipara a los grupos I y II a los hijos del cónyuge o pareja del fallecido, a la pareja de un ascendiente suyo y a quienes convivieron con él sus tres últimos años de vida, salvo que esa convivencia fuera por un trabajo de cuidado o tareas domésticas.
Fuentes oficiales
- Decreto Legislativo 1/2018, texto refundido de tributos cedidos de Extremadura (base de datos del Ministerio de Hacienda), artículos 17 a 20
- Ministerio de Hacienda: Tributación autonómica. Medidas 2026
- Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (reducciones, tarifa y coeficientes estatales)
Esta guía es informativa y no sustituye el consejo de un abogado, notario o asesor fiscal. Las normas cambian: comprueba la fecha de actualización.