Ir al contenido
guiaherencias

Impuesto de sucesiones en España: cómo se calcula paso a paso

Por Redacción de Guía de herencias. Actualizado el

Cálculo paso a paso7 pasospara pasar de lo que heredas a loque pagas

En resumen

El impuesto se calcula por separado para cada heredero: a lo que recibe se le restan las deudas y gastos, luego las reducciones por parentesco, y al resultado se le aplica la tarifa y un coeficiente según el parentesco. Por último, cada comunidad aplica sus bonificaciones, que en muchos casos dejan el impuesto en casi nada para hijos, padres y cónyuge.

Calcula tu caso con la calculadora del impuesto de sucesiones
Contenido de esta guía

El impuesto de sucesiones no se calcula sobre la herencia entera, sino para cada heredero por separado: dos hermanos que heredan lo mismo pueden pagar cantidades distintas si uno tiene más patrimonio que el otro. Estos son los siete pasos.

Los 7 pasos del cálculo

  1. Valor de lo heredado. Se valoran los bienes a la fecha del fallecimiento: inmuebles, cuentas, fondos, vehículos. En los inmuebles, como mínimo cuenta el valor de referencia del Catastro.
  2. Menos deudas y gastos. Se restan las deudas del fallecido (hipotecas, préstamos) y gastos como el entierro y el funeral. El resultado, repartido entre los herederos, es la base imponible de cada uno.
  3. Menos reducciones. La principal es la reducción por parentesco. Hay otras por discapacidad, vivienda habitual o seguros de vida. El resultado es la base liquidable.
  4. Se aplica la tarifa. Una escala progresiva: cuanto más se hereda, más alto el tipo. El resultado es la cuota íntegra.
  5. Se multiplica por un coeficiente, que depende del parentesco y del patrimonio que ya tenía el heredero. Es la cuota tributaria.
  6. Bonificaciones de la comunidad. Aquí está la gran diferencia entre comunidades: muchas descuentan el 99 % a hijos, padres y cónyuge.
  7. Lo que queda es lo que pagas.

Las reducciones por parentesco estatales

Son las que fija la Ley 29/1987. Casi todas las comunidades las han mejorado, así que tómalas como punto de partida:

GrupoQuiénReducción estatal
IHijos y nietos menores de 21 años15.956,87 € + 3.990,72 € por cada año por debajo de 21 (máximo 47.858,59 €)
IIHijos y nietos de 21 o más, cónyuge, padres y abuelos15.956,87 €
IIIHermanos, sobrinos, tíos y familia política7.993,46 €
IVPrimos, parientes más lejanos y personas sin parentesco0 €

Además hay otras reducciones estatales:

  • Discapacidad: 47.858,59 € (del 33 % al 64 %) o 150.253,03 € (65 % o más).
  • Seguros de vida: 100 %, hasta 9.195,49 €.
  • Vivienda habitual del fallecido: 95 % de su valor, hasta 122.606,47 € por heredero, si se mantiene 10 años.

La tarifa estatal

Base liquidable desdeCuota hasta ese puntoTipo sobre el exceso
0 €0 €7,65 %
7.993,46 €611,50 €8,50 %
15.980,91 €1.290,43 €9,35 %
23.968,36 €2.037,26 €10,20 %
31.955,81 €2.851,98 €11,05 %
39.943,26 €3.734,59 €11,90 %
47.930,72 €4.685,10 €12,75 %
55.918,17 €5.703,50 €13,60 %
63.905,62 €6.789,79 €14,45 %
71.893,07 €7.943,98 €15,30 %
79.880,52 €9.166,06 €16,15 %
119.757,67 €15.606,22 €18,70 %
159.634,83 €23.063,25 €21,25 %
239.389,13 €40.011,04 €25,50 %
398.777,54 €80.655,08 €29,75 %
797.555,08 €199.291,40 €34,00 %

Los coeficientes multiplicadores

Patrimonio previo del herederoGrupos I y IIGrupo IIIGrupo IV
Hasta 402.678,11 €1,00001,58822,0000
402.678,11 – 2.007.380,43 €1,05001,66762,1000
2.007.380,43 – 4.020.770,98 €1,10001,74712,2000
Más de 4.020.770,98 €1,20001,90592,4000

Ejemplo completo con las normas estatales

Un hermano hereda 100.000 € y tiene un patrimonio previo de menos de 400.000 €:

  1. Base imponible: 100.000 €.
  2. Reducción del grupo III: −7.993,46 €. Base liquidable: 92.006,54 €.
  3. Tarifa: 9.166,06 € por los primeros 79.880,52 €, más el 16,15 % de los 12.126,02 € restantes (1.958,35 €). Cuota íntegra: 11.124,41 €.
  4. Coeficiente del grupo III: × 1,5882. Cuota tributaria: unos 17.668 €.
  5. Después, la comunidad aplica su bonificación si la tiene. En Madrid, por ejemplo, los hermanos tienen un 50 % desde julio de 2025.

Lo que cambia cada comunidad

En la práctica, el paso 6 es el que más pesa. Según el Ministerio de Hacienda, en 2026:

Situación para hijos, padres y cónyugeComunidades
Bonificación del 100 %Cantabria y Baleares
Bonificación del 99,9 %Canarias
Bonificación del 99 %Andalucía, La Rioja, Murcia, Extremadura, Madrid, Castilla y León y Comunidad Valenciana
Rebaja parcialCataluña, Galicia, Asturias, Aragón y Castilla-La Mancha
Régimen foral propioPaís Vasco y Navarra

Se aplica la norma de la comunidad donde vivía la persona fallecida (en la que residió más días durante los cinco años anteriores a su muerte), no la de los herederos.

Preguntas frecuentes

¿El impuesto se paga sobre toda la herencia o por heredero?

Por heredero. Cada uno calcula su impuesto sobre lo que recibe, con sus propias reducciones según su parentesco con el fallecido y su propio patrimonio previo.

¿Qué normas se aplican, las estatales o las de la comunidad?

Las de la comunidad autónoma donde vivía la persona fallecida, que casi todas han regulado. Las estatales solo se aplican en lo que la comunidad no haya regulado. País Vasco y Navarra tienen un régimen propio.

¿Qué gastos se pueden restar?

Las deudas que tenía la persona fallecida, como una hipoteca o un préstamo, y los gastos del entierro y el funeral, entre otros. Se restan del valor de lo heredado antes de aplicar las reducciones.

Fuentes oficiales

Esta guía es informativa y no sustituye el consejo de un abogado, notario o asesor fiscal. Las normas cambian: comprueba la fecha de actualización.

Más sobre impuesto de sucesiones