Reducción por vivienda habitual en el impuesto de sucesiones: requisitos y comunidades
Por Redacción de Guía de herencias. Actualizado el
En resumen
Si heredas la vivienda donde vivía el fallecido siendo su cónyuge, hijo, padre o un pariente mayor de 65 años que convivía con él, puedes reducir entre el 95 % y el 100 % de su valor en el impuesto de sucesiones. La ley estatal fija un 95 % con un límite de 122.606,47 € por heredero y 10 años de permanencia, pero casi todas las comunidades lo mejoran.
Contenido de esta guía
Heredar la casa donde vivía el fallecido tiene un premio fiscal: una reducción de casi todo su valor en el impuesto de sucesiones. Pero hay que cumplir requisitos, y el más importante es no venderla durante unos años.
Quién puede aplicarla
- El cónyuge (y la pareja de hecho, según la comunidad).
- Los descendientes y los ascendientes.
- Un pariente colateral mayor de 65 años (por ejemplo, un hermano) que convivía con el fallecido durante los dos años anteriores a su muerte.
La regla estatal
| Ley estatal | |
|---|---|
| Reducción | 95 % del valor de la vivienda |
| Límite | 122.606,47 € por heredero |
| Permanencia | 10 años desde el fallecimiento |
Lo que cambia cada comunidad
| Comunidad | Reducción | Límite | Permanencia |
|---|---|---|---|
| Andalucía | 99 % | Sin límite | 3 años |
| Asturias | 95 % a 99 % según el valor | Los de la ley estatal | 3 años |
| Baleares | 100 % | 180.000 € por heredero | 5 años |
| Canarias | 99 % | 200.000 € | Según su norma |
| Cantabria | 95 % | 125.000 € por heredero | 5 años |
| Cataluña | 95 % | 500.000 € para toda la vivienda (mínimo 180.000 € por heredero) | 5 años |
| Comunidad Valenciana | 95 % | 150.000 € por heredero | 5 años |
| La Rioja | 95 % | 122.606,47 € por heredero | 5 años |
Según el Ministerio de Hacienda, también mejoran la reducción estatal Galicia, Aragón (que además tiene una bonificación) y Madrid. En el resto se aplica la regla estatal. Consulta la guía de tu comunidad para el detalle.
Ejemplo
Una hija hereda la vivienda de su madre, valorada en 200.000 €, en Andalucía: reduce el 99 %, es decir, 198.000 €. Con la ley estatal reduciría solo hasta 122.606,47 €.
Pero en muchas comunidades con bonificación del 99 % para hijos, la reducción por vivienda apenas cambia lo que pagas, porque la cuota ya es casi cero. Donde más importa es en Cataluña, Asturias o Castilla-La Mancha, y para hermanos mayores de 65 que convivían con el fallecido.
Ojo con la venta
Si vendes la vivienda antes del plazo de permanencia, pierdes la reducción y tienes que pagar lo que te ahorraste, con intereses. Si piensas vender la casa heredada, comprueba antes el plazo de tu comunidad.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si vendo la casa antes de tiempo?
Pierdes la reducción y tienes que pagar la parte del impuesto que te ahorraste, con intereses de demora. Comprueba el plazo de permanencia de tu comunidad antes de vender.
¿Tengo que vivir yo en la casa?
No. Lo que importa es que fuera la vivienda habitual del fallecido y que tú la mantengas en tu patrimonio durante el plazo exigido. Puedes alquilarla.
Fuentes oficiales
- Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (texto consolidado), artículo 20.2.c
- Ministerio de Hacienda: Tributación autonómica. Medidas 2026
Esta guía es informativa y no sustituye el consejo de un abogado, notario o asesor fiscal. Las normas cambian: comprueba la fecha de actualización.